Acoso
Ejemplo de caso:
Valentina tiene que ausentarse del trabajo a menudo durante un par de días por enfermedad debido a su embarazo. Esto hace que su equipo le haga comentarios desdeñosos: Que es una quejica y utiliza su embarazo para no ir a trabajar. La comparan con otra compañera que no se ausentó del trabajo ni un solo día hasta el nacimiento. Cuando Valentina regresa del permiso por maternidad, su jefe la presiona tanto que no tiene ni tiempo ni tranquilidad para amamantar al bebé.
Qué puedes hacer ante un caso como este:
1. Si te tratan de forma desdeñosa debido a tu embarazo o tu maternidad, porque faltas por motivos de salud durante el embarazo o si te ponen dificultades para amamantar al bebé, puede considerarse discriminatorio.
2. Deja claro a tu empresario o empresaria lo siguiente: En el marco de sus posibilidades está obligado/a a lo siguiente:
- tener en cuenta tu embarazo / tus obligaciones familiares,
- asignarte los trabajos acordados,
- protegerte de situaciones desagradables.
Lo mejor es que hagas esto en compañía de una persona de tu entorno laboral o por escrito.
3. Si tu empresario o empresaria no hace nada para mejorar tu situación, puedes iniciar un procedimiento arbitral y exigir lo siguiente:
- la supresión o la prohibición de la discriminación (art. 5, párr. 1 letra b de la Ley de Igualdad)
- una satisfacción en el caso de que te hayas visto afectada negativamente física o psíquicamente por el acoso
- una indemnización por daños y perjuicios en el caso de que hayas sufrido pérdidas financieras derivadas del acoso (gastos médicos, etc.)
Los comentarios sobre tu aspecto pueden constituir también acoso sexual, déjate asesorar al respecto.
Es bueno saber:
> En líneas generales en caso de acoso es recomendable: Habla de lo que te molesta, ya que, de lo contrario, en el caso de ser despedida con posterioridad es posible que no puedas hacer ninguna reclamación. Deja que un compañero o una compañera esté presente durante vuestra conversación.
> Anótalo todo para que puedas tener pruebas después.
> También puedes renunciar al trabajo en cualquier momento del procedimiento arbitral, por ejemplo, porque hayas encontrado otro trabajo. Sin embargo, el procedimiento seguirá su curso (art. 10 párr. 4 de la Ley de Igualdad).
> Tienes derecho a amantar a tu bebé durante la jornada laboral, tanto si trabajas a tiempo completo como parcial.
Amamantar es equiparable a extraer leche materna.
Tu empresario o empresaria debe poner a tu disposición un lugar adecuado para amamantar. Pero tú decides el lugar en el que amamantar, este también puede estar fuera del lugar de trabajo.
Durante el primer año de vida de tu hijo, las pausas para amamantar son remuneradas:
- 30 minutos con una jornada laboral de hasta 4 horas al día.
- 60 minutos con una jornada laboral de más de 4 horas al día.
- 90 minutos con una jornada laboral a partir de 7 horas al día.
El acoso por embarazo y maternidad está tipificado como discriminación en la Ley de Igualdad.
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T +41 61 267 66 81
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